Mientras el Senado de la Nación debate cambios a la ley de glaciares, ambientalistas alertan sobre riesgos para el agua y la biodiversidad. El sector minero habla de seguridad jurídica. En Salta hay 646 cuerpos de hielo en zonas de explotación minera.
Este jueves el recinto del Senado de la Nación volverá a discutir el alcance de la Ley 26.639, el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Lo que se presenta como una reforma “aclaratoria” reabre una tensión que en Salta tiene nombre propio, ya que cuenta con 646 glaciares inventariados en 2018 y actualizados en 2024, enclavados en los Andes Desérticos, en el corazón mismo de la expansión minera de litio y metales.
En mayo de 2018, el entonces Ministerio de Ambiente presentó el primer Inventario Nacional de Glaciares, realizado por el Instituto Nacional de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). El relevamiento identificó 16.968 cuerpos de hielo en el país —sobre una superficie de 8.484 km²— distribuidos en doce provincias. De ellos, 646 están ubicados en Salta.
La provincia integra la región de los Andes Desérticos, junto a Jujuy, Catamarca, La Rioja y parte de San Juan. Allí predominan glaciares de escombros y geoformas periglaciares que, aunque menos espectaculares que los gigantes patagónicos, cumplen una función estratégica: almacenar agua sólida y liberarla de manera gradual en cuencas áridas.
El inventario, previsto en el artículo 3° de la Ley 26.639, no es un mero listado, puesto que constituye la base técnica para definir qué actividades pueden desarrollarse y cuáles están prohibidas en esas áreas. La norma nacional prohíbe expresamente la actividad minera, hidrocarburífera y obras de infraestructura que puedan afectar la dinámica natural de glaciares y ambiente periglaciar.
En diciembre de 2024 se aprobó la actualización correspondiente a los Andes Desérticos, mediante la resolución 142/2024, que incorporó 22 subcuencas en provincias como Salta y Jujuy. El trabajo —que incluyó nuevas herramientas de teledetección y drones— ratificó la presencia de geoformas periglaciares en zonas de interés extractivo.
Lo paradójico es que 2025 fue declarado Año Internacional de la Conservación de los Glaciares. Sin embargo, en la Puna salteña, el debate no es conmemorativo sino político.
Litio: el telón de fondo
En la última década, Salta consolidó su lugar en el “triángulo del litio” junto a Jujuy y Catamarca. Precisamente, en la Puna salteña, el litio dejó de ser una promesa geológica para convertirse en producción concreta dada la diversidad de iniciativas. El proyecto Centenario–Ratones, operado por Eramine, marcó en 2024 un hito al inaugurar la primera planta comercial de carbonato de litio de la provincia. Meses después anunció su primera producción y ya proyecta una ampliación de capacidad, consolidando el salto de Salta al mapa exportador.
En el límite con Catamarca, Sal de Oro, de la empresa Posco Argentina, avanza en el Salar del Hombre Muerto mientras en el Parque Industrial de General Güemes puso en marcha una planta pionera para el procesamiento de litio. El esquema combina extracción en altura e industrialización en el valle, un modelo que el gobierno provincial exhibe como agregado de valor local.
Más al oeste, en el salar de Llullaillaco y a más de 400 kilómetros de la capital salteña, el proyecto Mariana, de Ganfeng Lithium, se prepara para iniciar la producción. Su lejanía obligó a montar una logística compleja y a construir el parque solar (off-grid, aislado) más grande del país para abastecer de energía al campamento y las operaciones, una postal del nuevo perfil energético-minero de la región.
A su vez, en el salar Rincón, la multinacional Rio Tinto impulsa Rincón Litio, que avanza con una planta inicial de 3.000 toneladas anuales y anunció una inversión de 2.500 millones de dólares para escalar hasta 60.000 toneladas por año. De concretarse, sería la mayor inversión en litio del país.
En conjunto, estos proyectos redefinen la matriz productiva salteña: más exportaciones, pequeñas regalías y empleo, pero también una presión creciente sobre territorios de alta fragilidad ambiental. Es en ese cruce —entre expansión minera y ecosistemas de altura— en el que la discusión sobre glaciares y ambiente periglaciar adquiere densidad política.
En ese sentido, el gobierno provincial sostiene que la minería —especialmente el litio— es hoy uno de los motores del crecimiento salteño, con impacto en regalías, infraestructura y cadenas de proveedores locales. Los acuerdos interprovinciales con Catamarca para facilitar proyectos estratégicos refuerzan esa apuesta por la seguridad jurídica y la atracción de capitales.
En ese contexto, la delimitación del ambiente periglaciar no es una abstracción académica, porque puede significar la habilitación o restricción de áreas clave para emprendimientos en salares de altura.
El agua que no se ve
Las organizaciones Aves Argentinas, Fundación Vida Silvestre Argentina, WCS Argentina y Fundación Humedales/Wetlands, elaboraron el informe técnico “La importancia de los glaciares para la biodiversidad argentina y los potenciales riesgos de su desprotección”, publicado en febrero de 2026.
Allí advirtieron que el 36% del territorio continental argentino está dentro de cuencas alimentadas por deshielo glaciar. Más de la mitad de las especies de vertebrados del país habitan en regiones cuya dinámica ecológica depende de ese aporte.
Aclararon que en las zonas altoandinas del NOA pequeñas alteraciones en el régimen hídrico pueden desencadenar impactos desproporcionados en vegas, bofedales y humedales puneños. Estos ambientes sostienen ganadería de subsistencia, aves altoandinas, anfibios y especies endémicas altamente sensibles a cambios en la calidad o temporalidad del agua.
El documento subraya que la protección integral establecida por la Ley 26.639 responde al principio precautorio, puesto que ante la incertidumbre científica, debe primar la conservación. Por lo que, reducir el alcance del ambiente periglaciar o delegar su definición a cada provincia podría —según el informe— debilitar los presupuestos mínimos ambientales fijados por la Nación tras la reforma constitucional de 1994.
En ese marco, las organizaciones señalaron que el ambiente periglaciar incluye suelos congelados, permafrost y glaciares de roca que funcionan como reguladores hídricos y estabilizadores geomorfológicos. No son “hielo decorativo”: son infraestructura natural en territorios donde el agua es un bien escaso.
La posición salteña: aclarar para producir
En Salta, la reforma fue analizada por legisladores provinciales en la Comisión de Minería. La senadora nacional Flavia Royón -que responde al gobernador Gustavo Sáenz- defendió la iniciativa como una norma aclaratoria que no habilita minería sobre glaciares, sino que busca precisar qué geoformas cumplen efectivamente una función hídrica estratégica.
Según su exposición, eliminar “zonas grises” del concepto de ambiente periglaciar otorgaría seguridad jurídica a proyectos productivos. Si estudios científicos demostraran que determinadas estructuras son inertes y no aportan al sistema hídrico, dejarían de constituir una restricción.
Por su parte, la Cámara de la Minería de Salta expresó en un comunicado su “total acuerdo” con la protección de glaciares que constituyan reservas estratégicas de recursos hídricos, pero insistió en que no todos los ambientes periglaciares cumplen esa condición. Reclamó que la determinación se haga caso por caso y con participación activa de las provincias, titulares originarias de los recursos naturales.
El argumento central que se usa es federal, la Nación fija un piso, pero las provincias deben tener mayor injerencia técnica y decisoria. Detrás de esa premisa se juega el modelo de desarrollo de la Puna salteña, donde el litio dejó de ser expectativa para convertirse en política de Estado.
La ley provincial y la tensión de competencias
Salta ya sancionó en 2010 su propia Ley 7.625 de Protección de Glaciares, impulsada por el entonces gobernador Juan Manuel Urtubey. La norma declaró a los glaciares bienes del dominio público provincial y estableció la confección de un inventario local, con actualización quinquenal y exigencia de evaluación de impacto ambiental para cualquier actividad proyectada.
El esquema provincial convive con la Ley 26.639, que establece presupuestos mínimos de alcance nacional. La reforma en debate reabre la discusión sobre hasta dónde llega ese piso y cuánto margen tienen las provincias para reinterpretarlo.
Una falsa dicotomía
El informe ambientalista advirtió que más del 80% de las especies de anfibios y un 70% de los mamíferos amenazados en Argentina habitan en regiones alimentadas por agua de glaciares. En ecosistemas áridos como la Puna, el deshielo regula no solo la disponibilidad sino la calidad del agua, afectando salares, lagunas altoandinas y corredores biológicos.
En cambio, desde el sector minero se sostiene que una redacción más precisa no implica desprotección sino racionalidad normativa. Se habla de compatibilizar desarrollo y ambiente, de inversión y empleo en una provincia con altos índices de pobreza estructural.
El dilema no es nuevo, pero adquirió otra dimensión en un contexto de cambio climático, retroceso glaciar y sequías más frecuentes. Por lo que, el tratamiento de la reforma en el Senado no se define solo una cuestión técnica legislativa, sino el alcance de un principio. Sigue siendo agua futura. Y la pregunta es quién decide su destino.
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