La resolución establece que el hombre deberá colaborar de manera periódica con los gastos de alimentación, veterinaria y medicamentos del perro que compartía con su expareja.
En un fallo sin precedentes para la provincia, la Justicia de Salta determinó que un hombre deberá abonar una cuota alimentaria destinada al sostenimiento y bienestar del perro que convivía con él y su expareja antes de la separación.
El conflicto se inició cuando, tras el fin de la relación, la mujer quedó al cuidado exclusivo del animal y demandó que las erogaciones vinculadas a la alimentación, el esquema de vacunación, los medicamentos y las consultas veterinarias no recayeran únicamente sobre sus hombros. Ante esto, el acuerdo judicial contempló la obligación de realizar aportes económicos periódicos para garantizar la atención integral de la mascota, aunque la cifra exacta no fue dada a conocer públicamente.
Este antecedente cobra especial relevancia en el ámbito local, donde los esquemas de cuidado compartido, los regímenes de visitas y la distribución de gastos para animales de compañía empiezan a ganar terreno en los tribunales familiares. El fallo reabre el debate sobre el estatus jurídico de las mascotas como integrantes de la denominada "familia multiespecie" y el alcance de las responsabilidades de las partes tras un quiebre convivencial.

