El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta inició el viernes pasado el juicio oral y público al exintendente de Salvador Mazza, Carlos Villalba, y a otras tres personas identificadas como Nancy Viviana Gómez, Mercedes Baigorria y Roberto Quintian Ramírez —quienes administraban locales donde fueron rescatadas varias de las víctimas en agosto de 2013—por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual a través de una red de “prostitución VIP”, que proporcionaba a los clientes viviendas particulares y habitaciones en hoteles como parte del servicio.
Integrado por Gabriela Elisa Catalano (presidenta), Domingo José Batule y María Alejandra Cataldi, el tribunal declaró rebeldes a otras dos personas imputadas, Marisel Llanes —considerada líder de la organización y expareja de Villalba— y a Francisco Marcelo Russo —administrador de un local—, y dictó la orden para su captura, ya que no se presentaron al debate y la policía no pudo dar con ellos al intentar notificarlos.
El juicio abrió con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía y con el auto de elevación a juicio dictado por el juez de primera instancia. Dado que los hechos son anteriores a la implementación del proceso acusatorio, el debate se desarrolla con las reglas del Código Procesal Penal de la Nación.
Por el Ministerio Público Fiscal intervienen el fiscal general Carlos Martín Amad y la auxiliar Soledad Cabezas, integrantes del área de Transición de la Unidad Fiscal Salta. Como querellante interviene la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, exAFIP).
En el comienzo, la defensa de Gómez, Baigorria y Ramírez planteó la nulidad del requerimiento fiscal de elevación a juicio y del auto de elevación a juicio, pues argumentó que en esta última pieza, dictada por el Juzgado Federal N°2 de Salta, se les imputó promoción y facilitación de la prostitución.
A partir de esa calificación, la defensa solicitó la declaración de prescripción de la causa y, por ende, la absolución de sus defendidos, mientras que, de forma subsidiaria, exigió la declaración de incompetencia del tribunal, ya que aquellos delitos no son federales.
Los argumentos fueron rebatidos por la auxiliar fiscal Cabezas, quien, si bien reconoció la disparidad en la calificación legal de ambas piezas, priorizó la acusación del requerimiento fiscal. En tal sentido, calificó de improcedente el planteo defensivo y sostuvo que correspondía a la etapa preliminar, donde ya había obtenido fallos desfavorables.
Por otra parte, resaltó la autonomía del MPF para sostener la acusación y consideró que las dos calificaciones están en pugna y que serán materia de debate, a partir de la prueba que se reproduzca en el juicio. En virtud de ello, requirió el rechazo de los cuestionamientos de las defensas por inadmisible y que se avance con el juicio. La querella, en tanto, adhirió al criterio de la fiscalía, ya que -indicó- la diferencia en materia de calificación no altera la plataforma fáctica a debatir, por lo que no hay vicios ni perjuicios para la defensa.
El tribunal rechazó de manera unánime por inadmisibles los planteos defensivos en base a los argumentos expuestos por las partes acusadoras. Tras la negativa de los/as acusados/as a prestar declaración indagatoria, abrió el juicio a prueba y comenzó a recibir testimonios.